La vivienda de protección oficial (VPO) es una vivienda con precio limitado por la Administración —en venta o en alquiler— dirigida a personas que cumplen ciertos requisitos de ingresos y no disponen de otra vivienda. Aunque el marco general es estatal, cada comunidad autónoma gestiona su propio registro de demandantes y fija sus límites, por lo que los requisitos varían según dónde vivas. En esta guía repasamos las condiciones generales para 2026 y las particularidades de las principales comunidades.
Requisitos para una vivienda de protección oficial en 2026
Con matices territoriales, casi todas las convocatorias comparten estos requisitos básicos: destinar la vivienda a residencia habitual y permanente; no ser titular de otra vivienda en propiedad (ni el solicitante ni ningún miembro de la unidad de convivencia); estar inscrito en el registro de demandantes de vivienda protegida de tu comunidad; y no superar unos ingresos máximos, calculados en veces el IPREM y ponderados según el tamaño del hogar. En muchos territorios se exige también un mínimo de empadronamiento.
El IPREM y los ingresos para una vivienda de protección oficial
El límite de ingresos se expresa como un múltiplo del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Cada comunidad fija su propio tope —habitualmente entre 5,5 y 7 veces el IPREM— y lo pondera en función del número de miembros de la unidad familiar y de situaciones especiales.
VPO en Madrid
En la Comunidad de Madrid, para acceder a la vivienda protegida de nueva construcción se exige ser español o residente en España y tener unos ingresos familiares que no superen 5,5 veces el IPREM (en torno a 46.200 € anuales en las modalidades más habituales). La gestión se realiza a través del registro de demandantes de la Comunidad y de programas como el Plan VIVE de alquiler asequible. En determinadas modalidades se pide un periodo de empadronamiento en la región, por lo que conviene revisar cada convocatoria concreta.
VPO en Andalucía
En Andalucía es imprescindible inscribirse en el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida, gestionado por la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA). Entre los requisitos: destinar la vivienda a residencia habitual, no ser titular de otra vivienda y no superar un tope de ingresos que, con carácter general, llega hasta 7 veces el IPREM ponderado según la unidad familiar. Tras la Ley 5/2025 de vivienda andaluza, se introdujo un criterio de esfuerzo por el que el pago de la vivienda no debería superar el 30 % de los ingresos del hogar.
VPO en la Comunitat Valenciana
En la Comunitat Valenciana hay que inscribirse en el Registro de Demanda de Vivienda de la Generalitat; la inscripción tiene una vigencia de dos años. La capacidad económica de la unidad de convivencia no puede superar, de forma general, 6,5 veces el IPREM, y se exige acreditar necesidad de vivienda y empadronamiento en el ámbito correspondiente. Ciudades como València publican periódicamente listados definitivos de personas inscritas para sus promociones de alquiler asequible.
VPO en Galicia
En Galicia la gestión corresponde al Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS) a través del Registro Único de Demandantes. Pueden acceder las personas residentes o que trabajen en Galicia que no sean propietarias de otra vivienda. En 2026, el Diario Oficial de Galicia (DOG) actualizó los límites de ingresos y los precios máximos de venta y alquiler; para la compra se exige acreditar unos ingresos mínimos (a partir de 0,7 veces el IPREM de la unidad de convivencia), además de las ayudas específicas para menores de 36 años.
VPO en Cataluña y Barcelona
Cataluña tiene su propio registro de solicitantes de vivienda con protección oficial. Si te interesa el detalle de requisitos, ingresos y proceso paso a paso en esta comunidad, lo desarrollamos en nuestra guía específica de vivienda de protección oficial en Barcelona.
Cómo solicitar una vivienda de protección oficial paso a paso
El proceso general es similar en todas las comunidades: primero, inscríbete en el registro de demandantes de tu comunidad (presencialmente o de forma telemática); segundo, mantén tus datos actualizados y atento a las convocatorias de las promociones que te interesen; tercero, presenta la solicitud a la promoción concreta y aporta la documentación económica y de la unidad familiar; y por último, si resultas adjudicatario tras el sorteo o baremo, formaliza el contrato de compraventa o alquiler. Recuerda que una VPO conserva su condición de protegida durante un plazo, con límites para venderla o alquilarla; puedes consultar cómo hacerlo en nuestra guía sobre vender una vivienda de protección oficial.
Además de la VPO autonómica clásica, en 2026 existe una vía estatal complementaria de alquiler asequible: el Plan Casa 47, gestionado por la Entidad Estatal de Vivienda.

