Impuestos sobre propiedades vacacionales en España

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Los Impuestos sobre propiedades vacacionales en España es un tema esencial para quienes poseen o piensan adquirir una segunda residencia destinada al ocio o al alquiler turístico. Estas propiedades, comunes en zonas costeras y rurales, no solo permiten el disfrute personal, sino también ingresos si se alquilan.

Gestionarlas no se limita al mantenimiento físico del inmueble. Implica también cumplir con obligaciones fiscales, que varían según el uso de la vivienda, la residencia fiscal del propietario y las normativas locales o autonómicas aplicables.

En este artículo, veremos qué impuestos aplican, cómo se calculan y cuáles son las obligaciones fiscales al tener una propiedad vacacional en España. También analizaremos las diferencias entre residentes y no residentes, los tributos municipales y los efectos del alquiler vacacional.

Los impuestos en las propiedades vacacionales en España

Los impuestos en las propiedades vacacionales en España son una parte esencial de las obligaciones legales que todo propietario debe conocer. Ya sea para uso personal o alquiler turístico, la fiscalidad varía según la residencia del titular y el tipo de uso de la vivienda. En este contexto, entender bien la tributación en viviendas de uso vacacional en España es clave para evitar errores fiscales.

Entre los principales tributos se encuentran el IRPF para los residentes y el IRNR para los no residentes. Además, si la propiedad se alquila, los ingresos deben declararse; si no, se aplica una imputación de renta basada en el valor catastral. La correcta declaración de las cargas fiscales aplicables a segundas residencias turísticas asegura el cumplimiento legal ante la Agencia Tributaria.

En las propiedades vacacionales, también se paga el IBI, un impuesto municipal anual cuyo importe depende del valor catastral fijado por el ayuntamiento. Además, se pueden aplicar tasas locales como la de recogida de basuras. En muchos casos, estos tributos son gestionados directamente por el municipio donde se encuentra la propiedad.

Cumplir con estas obligaciones implica presentar modelos fiscales como el 100 o el 210. En caso de ofrecer servicios turísticos, también se deberá declarar el IVA y registrarse como empresario ante Hacienda. Además, tener claridad sobre los tributos en inmuebles destinados al alquiler vacacional permite maximizar la rentabilidad sin infringir la normativa fiscal.

Impuestos para no residentes con vivienda vacacional en España

Los propietarios no residentes que tienen una vivienda vacacional en España están obligados a tributar mediante el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR). Este impuesto se aplica tanto si la vivienda está alquilada como si no se utiliza, generando una imputación de renta anual.

Cuando la propiedad no se alquila, se calcula una renta ficticia basada en un porcentaje del valor catastral. Esta cantidad debe declararse aunque no se obtenga un ingreso real. En cambio, si hay alquiler, los ingresos sí tributan como rendimiento efectivo.

Los residentes en países de la Unión Europea pueden deducir ciertos gastos vinculados a la propiedad, como reparaciones o suministros. Sin embargo, los propietarios de fuera de la UE no tienen derecho a estas deducciones. En ambos casos, se utiliza el modelo 210 para declarar.

Es crucial que el propietario no residente cumpla con los plazos establecidos por Hacienda. Los errores o retrasos pueden generar recargos e intereses. Por eso, se recomienda contar con asesoría especializada en fiscalidad internacional.

Para ampliar esta información, te recomendamos leer el siguiente artículo sobre la Regulación de alquileres vacacionales en 2025.

El impacto de alquilar una propiedad vacacional en la declaración fiscal

Alquilar una propiedad vacacional en España puede generar ingresos atractivos, pero también implica responsabilidades fiscales específicas. Estas obligaciones varían según si el propietario es residente fiscal en España o no, y según el tipo de servicios que se ofrezcan junto con el alojamiento.

Para los residentes, los beneficios obtenidos del alquiler deben declararse en el IRPF como rendimientos del capital inmobiliario. Se permite deducir gastos como mantenimiento, seguros, suministros o intereses de préstamos asociados a la propiedad, lo que puede reducir considerablemente la base imponible.

Si el propietario es no residente, deberá tributar a través del IRNR, declarando los ingresos netos o brutos según su país de residencia. Además, si alquila por periodos cortos o a través de plataformas digitales, debe cumplir con normativas autonómicas y fiscales específicas.

Cuando se ofrecen servicios propios de la actividad hotelera, como limpieza durante la estancia o recepción de huéspedes, la Agencia Tributaria puede considerar que existe una actividad económica. En ese caso, hay que darse de alta como empresario, declarar IVA y presentar modelos fiscales adicionales.

El nuevo Registro Único de Alquiler Turístico en 2025

Desde el 1 de julio de 2025, España implementará el Registro Único de Alquiler Turístico, una medida clave para regular mejor el mercado vacacional. Esta iniciativa busca reforzar el control sobre las viviendas destinadas a estancias temporales y reducir la oferta no declarada en plataformas digitales.

Primero, todo propietario que desee alquilar su inmueble con fines turísticos deberá obtener un Número de Identificación Único (NIU). Este código será obligatorio para anunciar la propiedad y operar legalmente bajo las normativas nacionales y autonómicas.

Segundo, el registro exigirá presentar documentación específica como la licencia de uso turístico, el certificado de habitabilidad y la referencia catastral. Este paso garantiza que los inmuebles cumplan con los requisitos establecidos por las autoridades.

Además, no inscribirse en el registro podrá conllevar sanciones económicas y limitaciones para seguir alquilando. Por eso, es recomendable actuar con previsión, obtener asesoría especializada y cumplir con esta nueva obligación sin demoras.

Conclusión

Cumplir con los impuestos en las propiedades vacacionales en España es una obligación clave, sobre todo si se obtienen ingresos por alquiler o se posee una vivienda siendo no residente. Declarar correctamente, asumir tributos municipales y conocer las normas fiscales evita sanciones y asegura la legalidad.

Con la llegada del Registro Único de Alquiler Turístico en 2025, el control será aún más estricto. Anticiparse, ajustarse a la normativa y contar con asesoría profesional será fundamental para seguir operando con seguridad y rentabilidad.

Preguntas frecuentes

¿Qué tributos se aplican a quienes poseen una vivienda turística en España?

Se deben pagar el IRPF o IRNR, el IBI y, en algunos casos, el IVA si se ofrecen servicios adicionales.

¿Debo declarar una segunda residencia en España si no la alquilo?

Sí, los no residentes deben declarar una renta imputada anual, aunque la vivienda no genere ingresos.

¿Cómo se tributa por el alquiler de una casa de vacaciones en España?

Los ingresos se declaran en el IRPF o IRNR, dependiendo de si el propietario reside fiscalmente en el país.

¿En qué consiste el nuevo registro nacional para viviendas turísticas?

Es un sistema obligatorio desde julio de 2025 que exige inscribir cada inmueble alquilado con fines turísticos.

¿Qué pasa si no cumplo con las obligaciones fiscales de una casa de uso vacacional?

Se pueden recibir sanciones, recargos e incluso la prohibición de operar legalmente en plataformas de alquiler.

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